¿Hay que etiquetar «Informe / presentación interna (no pública)» según el Art. 50?
Interno y otros — Sin deber de transparencia sin publicación.
No requerido
Sin obligación de etiquetado según el Art. 50 del Reglamento de IA. Sin deber de transparencia sin publicación.
Cómo implementarlo
- •Si se publica después, vuelve a comprobarlo.
- •Sin publicación al público: sin obligación de etiquetado del Art. 50.
- •Uso interno de IA: observa aun así RGPD, políticas internas y alfabetización en IA.
Orientación basada en el Reglamento de IA de la UE (Art. 50). No constituye asesoramiento jurídico. En casos límite consulta a un abogado cualificado. Vigente desde el 02.08.2026 · ai-act-checker.com