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¿Hay que etiquetar «Informe / presentación interna (no pública)» según el Art. 50?

Interno y otros — Sin deber de transparencia sin publicación.

No requerido

Sin obligación de etiquetado según el Art. 50 del Reglamento de IA. Sin deber de transparencia sin publicación.

Cómo implementarlo

  • Si se publica después, vuelve a comprobarlo.
  • Sin publicación al público: sin obligación de etiquetado del Art. 50.
  • Uso interno de IA: observa aun así RGPD, políticas internas y alfabetización en IA.
Verificar en el comprobador

Orientación basada en el Reglamento de IA de la UE (Art. 50). No constituye asesoramiento jurídico. En casos límite consulta a un abogado cualificado. Vigente desde el 02.08.2026 · ai-act-checker.com

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